recordatorio segundo semestre
Remitimos la presente con la finalidad de aportar a la programación de sus actividades, de acuerdo a lo dispuesto por Ley la ley 27.399 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional 764/2022.
Estos conceptos fueron informados al iniciar el año, pero siempre es importante tenerlos presente. Puede acceder a un almanaque visual del segundo semestre con días feriados y no laborables. (aquí tiene un almanaque de feriados del primer semestre)
Recordamos que en el derecho laboral:
Para los días feriados rigen las normas legales sobre el descanso dominical, debiéndose otorgar el descanso, o en su caso abonar horas extras al 100%.
Para los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En caso de optar el empleador como día no laborable, dicha jornada será igualmente abonada al trabajador.
El cronograma de Feriados para el año 2023, prevé para este año 14 feriados inamovibles, 2 trasladables y 3 con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 19 días festivos.
DÍAS FERIADOS
Los días FERIADOS se pueden clasificar en fijos o inamovibles y trasladables. Asimismo, se complementan de FERIADOS establecidos por el Poder Ejecutivo con fines turísticos.
Feriados nacionales inamovibles
- 1° de enero (Año Nuevo)
- 20 y 21 de febrero (Feriados de Carnaval)
- 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
- 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)
- 7 de abril (Viernes Santo)
- 1° de mayo (Día del Trabajador)
- 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)
- 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
- 9 de julio (Día de la Independencia)
- 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
- 25 de diciembre (Navidad).
Feriados nacionales trasladables
- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín. (trasladado en 2023 para el día 21/08)
- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural. (trasladado en 2023 para el día 16/10)
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
Feriados destinados a promover la actividad turística
- El viernes 26 de mayo (puente con el feriado del jueves 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo).
- El lunes 19 de junio (puente con el feriado del martes 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
- El viernes 13 de octubre (fin de semana largo, de cuatro días, por traslado del jueves 12 de octubre -Día del Respeto a la Diversidad Cultural- al lunes 16 de octubre).
DÍAS NO LABORABLES
- Jueves Santo.
Otros días no laborables
- Para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía:
– los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná): 2 días;
– el Día del Perdón (Iom Kipur): 1 día;
– los días de la Pascua Judía (Pésaj): los 2 primeros días y los 2 últimos días.
- Para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica:
– el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira);
– el día posterior a la culminación del ayuno (Eid Al-Fitr);
– el día de la Fiesta del Sacrificio (Eid Al-Adha).
Los trabajadores que no prestaren servicios en las festividades religiosas indicadas devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio.
Es importante que se informen al Estudio las decisiones y novedades respecto de cada uno de estos feriados y días no laborables a los efectos de la correcta liquidación de remuneraciones
Ante cualquier duda consúltenos.
Atte.
Recordamos los mecanismos habituales de comunicación:
* correo [email protected],
* 362 4433406, de lunes a viernes de 8 hs a 13 hs.; y
* (cel) 362 15 4357375, para mensajes, en el que además habilitamos un grupo de difusión.